Guadalupe Castillo y Silvia Rentería
Las voces que disuaden llegan antes que la información oficial. “Te vas a morir”, “Dios castiga”, “vas a quedar estéril”. No están en panfletos del Estado ni en protocolos médicos, pero circulan con eficacia entre familias, redes sociales y, en algunos casos, dentro de los propios establecimientos de salud, cuando se trata de acceder a la interrupción legal del embarazo (ILE) en Bolivia.
Juana de 35 años —nombre ficticio— enfrentó a los 31 un embarazo incompatible con la vida. El diagnóstico era claro: graves malformaciones cardíacas y renales, además de hidrocefalia. A pesar de la gravedad de su caso, ella y su esposo se toparon con una cadena de trabas impuestas por los médicos y personal administrativo de los centros de salud, tanto públicos como privados a los que recurrió por una ILE en la urbe paceña.

Durante un mes golpeó puertas en nombre de un derecho que la ley reconoce, pero que el sistema le negó una y otra vez. Recién entonces, entre cinco especialistas consultados, uno solo miró el caso con criterio clínico, admitió que continuar el embarazo ponía en riesgo su vida y la del feto, y actuó conforme a los protocolos médicos establecidos.
Para Juana lo que vivió fue “un calvario de miedo, dolor y presiones sociales”. Su experiencia le dejó claro que, el acceso efectivo a la interrupción legal del embarazo está lleno de obstáculos; entre ellos, desinformación, prejuicios, falta de empatía y presión moral, lo cual pesa más que el derecho garantizado por la ley.
Entre 2022 y noviembre de 2024, al menos 107 mujeres denunciaron que se les impidió acceder a la ILE en Bolivia. La Paz, Cochabamba y Santa Cruz concentran la mayoría de estas denuncias, según datos del Sistema de Servicio al Pueblo (SSP). Paradójicamente, son las regiones con mayor infraestructura sanitaria del país las que registran más vulneraciones.
En Bolivia, el aborto continúa penalizado, pero la interrupción del embarazo es legal bajo causales específicas: cuando es consecuencia de violencia sexual —incluidos incesto y estupro—, por malformaciones congénitas incompatibles con la vida o cuando pone en riesgo la vida o la salud de la mujer. Así establece el Código Penal y la Sentencia Constitucional 0206/2014, recuerda Ana María Rojas, asesora legal de la organización Católicas por el Derecho a Decidir.
Como le ocurrió a Juana, para cientos de adolescentes y mujeres el derecho a una atención en salud oportuna, de calidad y con información adecuada se diluye en pasillos hospitalarios, trámites inexistentes y respuestas evasivas. En la práctica, su ejercicio no depende de la ley, sino de la voluntad individual de quién atiende, lo que convierte a la ILE en un privilegio condicionado y no en una garantía efectiva del derecho a la salud.
Desde su experiencia de acompañante a víctimas de violencia sexual, Naimath Méndez Vaca, presidenta de la comunidad TLGB (Trans, Lesbianas, Gays y Bisexuales) de Bolivia, advierte que la desinformación sigue siendo una de las principales barreras para acceder a la ILE. Según sus registros, en cuatro de cada diez casos —30 en total durante los últimos cuatro años– no accedieron a la atención en salud por el desconocimiento y la información errónea que rodea este derecho.
El patrón se repetía: el contacto inicial era un lunes, la cita acordada para el miércoles y, de pronto, el silencio. El martes ya no contestaban las llamadas. Días después la explicación aparecía: la familia se había enterado, o alguien del entorno —a veces incluso amistades cercanas— había intervenido, expone Méndez.
“Les decían que si interrumpen el embarazo se iban a morir, que nunca más podrían quedar embarazadas”, agrega Méndez, quien apunta que esos mensajes están diseñados para infundir miedo, particularmente devastadores en niñas y adolescentes víctimas de violencia sexual, para quienes esas advertencias falsas terminaban cerrando el camino antes de que la puerta del centro de salud siquiera se abriera.

Para la psicóloga jurídica y forense Anael Torres Gorena, la desinformación alimenta la culpa, la vergüenza y el miedo. “Se instala la idea de que acceder a la ILE es algo malo, cuando es un derecho legal”, explica. Sin información clara, esa carga emocional agrava el estrés y el daño psicológico de quienes ya atraviesan situaciones límite.
La negación institucional del derecho
El informe denominado “Situación de la ILE como derecho humano de las mujeres: cumplimiento de la Sentencia Constitucional 206/2014” presentado el año 2020 por la oficina del Defensor del Pueblo advertía que la interrupción legal del embarazo no se traducía en acceso real por desconocimiento y falta de orientación en la normativa. Cinco años más tarde, el informe “Beatriz 2025” confirma que estos vacíos persisten y se han institucionalizado. El documento revela la ausencia de protocolos internos en los centros de salud de seguridad social a corto plazo, lo que refuerza la desinformación como una barrera estructural.
Las denuncias muestran patrones repetidos: exigencia de requisitos inexistentes, dilaciones injustificadas, objeción de conciencia aplicada de forma colectiva y ausencia de rutas claras de atención. El informe revela que el 92% de las cajas de salud del país no cuenta con normativa interna para la aplicación de la ILE, dejando a miles de aseguradas sin mecanismos efectivos para ejercer su derecho.
Si bien la Sentencia Constitucional 0206/2014 exhorta al Órgano Ejecutivo a priorizar políticas públicas educativas y de salud para difundir e informar sobre derechos sexuales y reproductivos, que puedan contrarrestar o disminuir las tasas de mortalidad de las mujeres por causa de los abortos clandestinos, las estrategias de capacitación al personal médico y sensibilización social han sido insuficientes. El resultado es un sistema de salud que opera con amplios márgenes de discrecionalidad.
La omisión no es menor. La falta de procedimientos escritos convierte cada solicitud en una negociación personal con médicos, directores o personal administrativo. Esta realidad se refleja en la experiencia de Juana, quien afirmó que no recibió información adecuada del personal de salud al que acudió. “La información de varios lugares a los que asistimos fue muy por encima, como si realmente no fuera algo serio”.
Su testimonio evidencia cómo un derecho reconocido deja de ser institucional y pasa a depender de decisiones discrecionales.
Objeción de conciencia y vacíos de control
El acceso a la ILE continúa siendo un tema tabú en la sociedad boliviana. Esta situación se agrava cuando son los profesionales de salud —responsables de aplicar el procedimiento técnico— quienes desconocen los parámetros de su aplicación, así como los derechos y obligaciones, tanto de las víctimas como del propio personal sanitario, señala el informe defensorial Beatriz.
En Bolivia, el personal de salud tiene el derecho individual de negarse a realizar procedimientos vinculados a la ILE por motivos de convicción personal, ética o religiosa. Esta figura, conocida como «objeción de conciencia», está reconocida por la normativa vigente, pero su aplicación tiene límites claros.
La objeción de conciencia tiene sus fundamentos en el artículo 18 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos de las Naciones Unidas (ONU).

Para el especialista en ginecología y obstetricia Johnny Farfán, la normativa es clara, el médico que no realice la interrupción legal del embarazo por objeción de conciencia debe informar de manera escrita y “de inmediato” a la jefatura del servicio o a la dirección del establecimiento de salud.
Señala que, si el personal objetor es el único capacitado en la institución, debe derivar de inmediato a la paciente a otro centro donde el procedimiento pueda realizarse. La objeción de conciencia no puede usarse para negar el servicio ni para dilatar la atención. “No aplica cuando la salud o la vida de la paciente está en riesgo”, enfatiza Farfán.
Sin embargo, en la práctica, esta figura se ha convertido en una de las principales barreras de acceso. El informe de la organización internacional Ipas de 2021 denominado “No queremos problemas: motivos de la negación de servicios de ILE en México y Bolivia”, documenta que el uso de la objeción de conciencia, a menudo sin regulación clara, se ejerce de manera colectiva o institucional, lo cual contraviene estándares de derechos humanos.También, identifica objeciones encubiertas, como retrasos, maltrato o derivaciones innecesarias.
La falta de control estatal profundiza estas brechas. Ante una solicitud de información en agosto de 2025, la entonces ministra de Salud y Deportes María Renée Castro Cusicanqui respondió que los datos sobre la interrupción legal del embarazo están disponibles en el Servicio Nacional de Información en Salud (SNIS), aunque este registro solo tiene data desde 2021. La atención de estos casos se rige por el Procedimiento técnico para la prestación de servicios de salud en el marco de la Sentencia Constitucional 0206/2014, aprobado en enero de 2015.
La normativa establece que este protocolo es de aplicación obligatoria y de acceso para todos los centros de salud del país; sin embargo, la respuesta oficial no detalló mecanismos de supervisión ni acciones concretas para garantizar su cumplimiento efectivo frente a las denuncias de negación del servicio.
Desinformación viral
Las redes sociales y las aplicaciones de mensajería —Facebook, Telegram, TikTok y WhatsApp— se han convertido en canales clave para la propagación de contenidos virales que, en chats efímeros y videos de rápida circulación, distorsionan el debate público y refuerzan miedos o tabúes en torno a la ILE.
Lucas Illanes, fact checker de la verificadora Chequea Bolivia, lo afirma sin rodeos; en el país son pocos los casos recientes de desinformación “pura y dura” sobre la interrupción legal del embarazo. El tema permanece fuera de la agenda mediática de las autoridades y del debate público, aunque sigue circulando con fuerza en redes sociales. Solo irrumpe en la conversación pública cuando un caso extremo logra visibilizarlo, como ocurrió con la niña que sufrió violencia sexual en el municipio de Yapacaní del departamento de Santa Cruz en el año 2021.
Por su parte, Jesús Vargas Villena, editor y fact-checker en Bolivia Verifica, señala que el mapa de la desinformación sobre la ILE, abarca desde campañas virales en redes sociales, hasta la recolección de firmas de grupos provida. Para el verificador especializado en el área de la salud se identificaron tres frentes letales de desinformación sobre la ILE. Primero; el legal: un velo de ignorancia sobre la normativa vigente, que explotó en plena campaña electoral del 2020 con bulos que torcían la normativa. Segundo; el de salud: miedo sembrado en víctimas de violación u otros crímenes, con cuentos falsos sobre secuelas irreversibles. Tercero; el religioso-moral: culpas que azotan a las mujeres, pintándolas como «pecadoras».
Todo esto, amplificado en algunas plataformas digitales como TikTok que en 60 segundos cargaban mensajes de machismo y prejuicios patriarcales, sobre todo durante las épocas de la pandemia del covid y elecciones, tanto generales como subnacionales.

Para Cinthia Mamani Rodríguez, representante del colectivo feminista Angirü, en Bolivia la disputa por el sentido de la interrupción legal del embarazo se juega, cada vez más, en las redes sociales. “Es otro escenario de la desinformación”, advierte. Plataformas como TikTok concentran contenidos breves que, en segundos, “vienen cargados de estigmas y prejuicios”, muchas veces atravesados por miradas “machistas y patriarcales”.
Según Mamani, el territorio digital está lejos de ser neutral. “La gente crea contenido y opina en 60 segundos, sin información verificada ni comprensión real de lo que implica la ILE”, señala.
La consecuencia, sostiene, es clara. “Lo digital puede profundizar brechas de desigualdad y desinformación”. Frente a ello, Mamani subraya que las redes son también “un territorio en disputa”, donde resulta urgente “empezar a generar contenidos que contrarresten” las narrativas falsas y aporten información basada en derechos sobre la ILE.
A este escenario se suma un vacío estructural, en Bolivia no existen datos oficiales, registros sistemáticos ni estudios públicos que permitan dimensionar la magnitud y el impacto de la desinformación en torno a la interrupción legal del embarazo. Ni el Estado ni las instituciones responsables de salud, justicia o comunicación han producido informes que midan cómo circulan los contenidos falsos, qué narrativas predominan o de qué manera inciden en el acceso efectivo a un derecho reconocido por la normativa vigente.
Entre la ley y la realidad
La brecha entre la ley y los hospitales es evidente. Hasta el 20 de diciembre de 2025 el Sistema Nacional de Información en Salud registró 6403 ILE en los nueve departamentos. Investigaciones del Instituto Guttmacher en 2022 estiman que en Bolivia se realizan alrededor de 110.000 abortos al año, con una tasa nacional de 38 por cada 1000 mujeres de entre 19 y 49 años.
La diferencia no puede explicarse sólo por decisiones individuales, evidencia un sistema de salud que, pese a contar con un marco legal, empuja a las mujeres hacia la clandestinidad. Un aborto legal que no se garantiza termina siendo, en la práctica, inseguro.

Este patrón de barreras no es exclusivo de Bolivia. El informe de Ipas del año 2021 muestra que, aunque los marcos legales difieren, los patrones de negación son «sorprendentemente» similares.
En ambos países, el rechazo a prestar el servicio no responde solo a la ley, sino a estructuras culturales e institucionales. El miedo a sanciones, el estigma y la falta de protocolos o lineamientos claros atraviesan los sistemas de salud, reproduciendo la criminalización del aborto, incluso cuando es legal. La comparación evidencia que se trata de un problema estructural, no aislado, y que Bolivia enfrenta retos compartidos en la región.
El impacto es aún más grave entre las adolescentes. Entre 2021 y 2024, Bolivia registró aproximadamente 136.624 embarazos en jóvenes de 10 a 19 años, según datos del SNIS. Para muchas de ellas, la ILE no representa una opción real, pese a que la ley contempla causales específicas.
La falta de información, sumada al miedo al estigma y a la negativa institucional en muchos casos, opera como una barrera casi infranqueable, dice Naimath Méndez.
En este escenario, las adolescentes cargan con una doble vulnerabilidad; la edad y la desprotección del Estado, agrega Torres Gorena.
Cuando el derecho depende de quién atiende
Dos mujeres amparadas por la misma causal pueden enfrentar decisiones completamente distintas en hospitales diferentes —e incluso en un mismo establecimiento—, en un sistema donde la falta de fiscalización y sanción permite que la aplicación de la norma dependa de criterios arbitrarios.
La inexistencia de una política pública homogénea y de supervisión convierte la ILE en un derecho frágil, sujeto a creencias personales, presiones sociales y vacíos administrativos.
Méndez ha visto cómo el acceso a derechos básicos en salud se filtra por la condición económica y el origen social. En su experiencia de acompañamiento, el trato no es el mismo para todas. “Si eres de una familia con dinero, te atienden distinto y accedes rápido”, critica. La diferencia se vuelve más evidente cuando se trata de mujeres del área rural o de población indígena. “Ahí te cuartan”, dice, y la información se diluye o se distorsiona.
Para Méndez, esta desigualdad no es solo una falla del sistema, sino una forma de exclusión que reproduce la desinformación y el miedo. El acceso a la ILE, sostiene, no debería depender del bolsillo ni del lugar de origen. “Debería haber un trato igualitario, no por si tienes o no dinero”.
Juana recuerda que el camino hacia la ILE estuvo marcado por obstáculos que no figuraban en ninguna norma, pero se sentían en cada consulta. Ella habla de prejuicios instalados en los propios centros de salud, de médicos que cerraron puertas en lugar de abrirlas. “Faltó humanidad”, resume. A eso se añadieron criterios rígidos y excluyentes, muchas veces sustentados en creencias religiosas, que terminaron imponiéndose sobre su derecho a decidir y sobre la urgencia de su situación.
Cuando se le pregunta por qué decidió contar su historia públicamente, Juana detiene la mirada, como si cada palabra pesara y a la vez liberara, y reflexiona “mi experiencia no es solo mía. Espero que contarla permita mirar embarazos en etapa avanzada como el mío desde otra perspectiva. Que las mujeres y sus familias puedan ejercer sus derechos sin sentir que la sociedad las señala o las juzga”. Para ella, compartir su historia es abrir una ventana en medio de la tormenta, un intento de que la luz llegue a quienes aún caminan en la sombra de la desinformación y el miedo.
A once años de la Sentencia Constitucional 0206/2014, que eliminó la exigencia de una autorización judicial para acceder a la ILE, las barreras persisten.

Para Ana María Rojas, asesora legal de Católicas por el Derecho a Decidir, es «urgente» que el Estado coloque la interrupción legal del embarazo en la agenda pública. “La ley no se discute, la ley se aplica”, subraya, advirtiendo que la desinformación sobre este derecho tiene consecuencias profundas. No conocer qué es la ILE, cuándo se puede aplicar ni cómo acceder a ella, desde su perspectiva, es una limitación directa de los derechos humanos, que restringe la autonomía de las mujeres y su capacidad de decidir sobre sus propios cuerpos.
Este reportaje fue realizado en el marco del Fondo de Investigación Periodística del programa Periodismo que Transforma, de Católicas por Derecho a Decidir, con el apoyo de la Asociación Sueca para la Educación Sexual, en alianza con organizaciones comprometidas con el derecho a la información y la justicia reproductiva.


