“El problema es que a todos nos meten en el mismo saco”, dice el asambleísta opositor, Mauricio Lea Plaza Peláez, quien lleva la mochila en la espalda y archivadores en sus manos, antes de tomar asiento en su escritorio.
Lea Plaza no se cansa de reclamar por una serie de irregularidades encontradas en leyes que fueron sancionadas por la Asamblea Departamental.
El asambleísta se saca los lentes y deja entrever sus ojos claros, revisando las diferentes normativas y las observaciones que hizo a las mismas.
La que se encuentra actualmente en el tapete es la ley electoral, normativa que reglamentará las próximas elecciones en todo el departamento de Tarija.
La ley ya fue aprobada por la Asamblea y solo falta que el gobernador, Adrián Oliva Alcázar, la promulgue, pero el ejecutivo ya hizo sus observaciones, pidiendo a los legisladores que la “vuelvan a revisar”.
De no aceptar las observaciones, el mismo presidente de la Asamblea, Guillermo Vega Flores, tiene la potestad de promulgarla.
- ¿Qué tipo de observaciones existen?
“Graves”, responde una estudiante de secundaria, cuando se le explica de la determinación del legislativo departamental, pues la alumna toma en cuenta que todos sus trabajos para las materias sociales y de matemáticas se basan en los datos del último censo, del año 2012.
La población en el departamento de Tarija según el Censo 2001, era de 391.226 habitantes. La estimación del INE para el 2020 es de 583.330 habitantes.
Y sí, la normativa que pretende regular la Asamblea Departamental se basa en los datos del Censo 2001.
La población en el departamento de Tarija según el Censo 2001, era de 391.226 habitantes.
La ciudad capital Tarija, contaba con 153.457 habitantes, mientras que el segundo municipio más poblado era Yacuiba con 83.518.
- ¿Es grande la diferencia?
Los números cantan por sí solos. En el Censo 2012, el último oficial realizado en el país, el departamento de Tarija llega a una población de 503.608 habitantes, un poco más de medio millón, una diferencia de 112.382 habitantes con aquel efectuado el 2001.
La ciudad de Tarija en el Censo 2012 tiene 212.856 habitantes, la segunda más poblada del departamento es Yacuiba con 96.402.
Municipios como Yunchará no se ven muy favorecidos, pues su crecimiento es casi insignificante. En el Censo 2001 este municipio de la provincia Aviléz era de 5038 habitantes y en el 2012 es de 5.772, con 734 más.

Pero la diferencia es más grande si se toma en cuenta la estimación para el año 2020 del Instituto Nacional de Estadística (INE), que da al departamento de Tarija, 583.330 habitantes. La diferencia es de 192.104 habitantes con los resultados del 2001.
La ciudad de Tarija tendría 268.387 habitantes, seguida de Yacuiba con 103.723, mientras que municipios como Yunchará decrecen con 5.621, siendo 151 habitantes menos con relación al último censo.
Otros municipios, como Padcaya, tienen un importante decrecimiento y la cantidad de habitantes que tiene es similar a la del Censo 2001. Otros municipios se mantienen con la población estática como Caraparí, El Puente o Uriondo, que no se ven favorecidos.
- ¿En qué incide esta diferencia?
La Asamblea Departamental está compuesta por 30 asambleístas con sus respectivos suplentes, cuyos curules son ocupados de la siguiente manera, según el Estatuto Departamental.
El Estatuto indica que la Asamblea debe estar compuesta por 30 asambleístas elegidos, 12 en base al principio de igualdad territorial de las provincias, 15 por población mediante sufragio universal, finalmente, 3 representantes de los pueblos indígenas que son elegidos por usos y costumbres.
Entonces, son dos asambleístas por provincia, pero el problema radica en la distribución de escaños por población, donde no estaría rigiendo el principio de igualdad.
“Esto implica que no se aplica el principio de igualdad, porque rompe el concepto de cada ciudadano un voto”, analiza Lea Plaza.
Tomando en cuenta el número de la población, Tarija y Yacuiba son los municipios que no tendrían la representatividad que les corresponde, ambos tendrían un escaño menos respectivamente, mismo que beneficia a los municipios que se mantuvieron o decrecieron.
Para los opositores, esta ley que tiene una base de datos lejana de la realidad, responde a un “cálculo político”.
Pero más allá de un cálculo político o no, esta normativa responde a una serie de acciones que no están teniendo el alcance esperado desde el poder legislativo departamental.
En respuesta, la vicepresidente de la Asamblea Departamental, Amanda Calisaya Flores, dijo en un contacto telefónico que harán un análisis a las observaciones efectuadas desde el ejecutivo en las que se encuentra precisamente la distribución de escaños y de ahí, tomarán una determinación.
Sobre la base de datos que utilizaron, la asambleísta oficialista alude que se encontraba en alternancia, aunque reconoce que según la norma, la ley debería basarse en el último censo, en este caso del 2012.
“Se analizarán en el pleno todas las observaciones si son fundadas o infundadas y ahí se verá”, respondió.
- Las leyes de Tarija
“La autonomía se hizo para cambiar la vida de la gente, para mejorar su situación”, explicó el abogado y doctor en Derecho Autonómico, Freddy Esteban Ortuño Cassón.
Haciendo un análisis a las leyes aprobadas, la mayoría son administrativas o presupuestarias, un total de 173 de las 392 existentes.

“Hay leyes que no deberían ser leyes”, cuestiona Lea Plaza sobre estas normas que son más del plano administrativo, sin ningún tipo de alcance fuera del edificio del legislativo.
La ley electoral marcaría una constancia en la Asamblea, que desde su creación en el año 2010 hasta la fecha, no ha logrado cumplir con su principal fin que es de cambiar la vida de las personas.
Existen leyes declarativas, que solo marcan actos de agasajos y uno que otro reconocimiento. “Casi todas las iglesias de los pueblos fueron declaradas patrimoniales”, cuenta como anécdota un trabajador de la Asamblea, acotando que los asambleístas en sus regiones, por tal motivo hacen un agasajo, con el objetivo de mostrar “el trabajo que realizan”.
Son 28 leyes patrimoniales promulgadas hasta la fecha.
Existen normativas con buena intencionalidad, pero carentes de sustento técnico, como aquella del cáncer, que no es de carácter preventivo, sino que obliga a erogar recursos económicos que están por encima de los presupuestos departamentales.
También están aquellas leyes de fomento a la producción, ya sea del ajo, de la cebolla o del maíz, que no terminan de cuadrar en cómo plasmar ese apoyo que está escrito en el papel.
Al mismo tiempo, no hay una coordinación con el ejecutivo, que finalmente termina por ignorar gran parte de las normativas. Existen leyes que exigen un determinado presupuesto, pero el mismo no es considerado en el plan departamental presentado por la Gobernación.
También están aquellas normativas que terminaron por crear un caos institucional como la 206, referente a la entrega de un porcentaje del presupuesto departamental a 8 alcaldías.
Esta normativa pretendía dar un presupuesto directo a las alcaldías, pero al ser recursos de carácter departamental, la norma debió ajustarse, por ende, establece el uso de ese dinero en un 1% para cada gobierno municipal en proyectos que sean concurrentes o de convenio con la Gobernación.
Sin embargo, hay alcaldías que ya usaron esos recursos en concurrencia con proyectos del Gobierno Nacional, situación que pone a parte de los alcaldes en situación de fragilidad, pues pueden ser procesados penalmente por resoluciones contrarias a la ley o incumplimiento de deberes.
En síntesis, como dice la vicepresidente del Legislativo, debe hacerse un nuevo análisis, aunque al parecer, no solo de esta norma.
- Del rosquete, fábricas de vidrio y otras leyes insólitas o que no se cumplen en Tarija
Legislar y fiscalizar es la función por la que son elegidos los asambleístas; sin embargo, muchas veces la calidad de las normas o la falta de seguimiento a la aplicación de las mismas, no se corresponde a la jerarquía como a la responsabilidad de su cargo.
Pese a que su misión establece que sus miembros deben legislar con calidad técnica y relevancia social, las características de muchas de las leyes promulgadas distan mucho de dichos parámetros.
El sueldo de un asambleísta titular es de Bs 14.039 al mes.
Leyes de la Empanada Blanqueda, del Rosquete o de Unificación del Himno, no dan respuesta a verdaderas problemáticas sociales como el desempleo o la salud.
La aplicación de dichas leyes o su carente efectividad, deja mucho que desear, teniendo en cuenta el costo que significa para los tarijeños el funcionamiento de la institución, con salarios que suman los Bs 421.170 mensuales y dietas que superan los Bs 3 millones al año. Ambos montos provenientes de los impuestos de los ciudadanos.

Algunas de las leyes más cuestionadas que captaron la atención mediática y de los ciudadanos, fueron la Declaratoria de la Empanada Blanqueada como
Patrimonio Cultural del Municipio de Padcaya de la Provincia
Arce del Departamento de Tarija o de Declaratoria del Rosquete, como Patrimonio Cultural del Municipio de San Lorenzo de la Provincia Méndez del Departamento de Tarija.
Al margen de tener poca relevancia social ante problemáticas más serias que afronta el departamento, las leyes se limitan a ser declaratorias, sin especificar acciones concretas para el rescate cultural.
Otras leyes, por su parte, aunque con buenas intenciones, se limitan a ser un pedazo de papel cuyo cumplimiento es relativo o dudoso. Tal es el caso de la Ley de Recuperación y Preservación de la Cordillera de Sama y de Prevención de Incendios.
Dicha normativa fue creada para paliar los estragos del fuego que arrasó con parte importante de la Cordillera de Sama en agosto de 2017, así como para prevenir futuros incendios en la zona.
Sin embargo, al menos tres incendios fueron registrados en Sama luego de que la ley fuera aprobaba.
Uno de los componentes de la ley prevé la incorporación de equipamiento de contingencia como camiones cisterna y cuadratracks, además de la construcción de sistemas de almacenamiento de agua. Nada de esto ha sucedido.
La Ley Declaratoria de Alerta por Violencia contras las Mujeres en Razón de Género en el Departamento de Tarija, es otra de las normativas que poco efecto tienen en la práctica, ya sea por deficiente implementación o falta de control. Después de publicación de la ley, en Tarija se registraron más de 5 feminicidios. Ninguno recibió sentencia hasta la fecha. Ni siquiera existe una unidad departamental como establece la norma para trabajar en el área preventiva.
Leyes como de la Creación de la Empresa Pública del Papel del Departamento de Tarija, o de la Empresa Pública de Vidrio, no tienen validez alguna, porque no hay cómo ejecutarlas.
Ambas leyes fueron aprobadas en 2017 y hasta la fecha no hay luces sobre su implementación y el Órgano Ejecutivo, desde entonces, nunca destinó recursos del presupuesto departamental, como especifica la legislación.
La Ley de la Fábrica de Vidrio pretende reactivar lo que una vez fue Criosal, una industria en el municipio de San Lorenzo que dejó de operar hace 30 años por deficiencias técnicas, además de la falta de materia prima, pues la arena debía ser transportada desde Tajzara, elevando considerablemente los costos de producción. La ley sancionada en 2017, entonces, busca reactivar un proyecto que fracasó en el pasado, sin un estudio técnico previo que muestre su éxito en el presente.

La Ley Departamental Semana de la Persona Sorda, si bien hace foco en un tema de suma importancia, tiene un contenido que se limita a la sensibilización, sin dar soluciones mayores a los problemas que afectan a este sector de la sociedad.
Los representantes de la Asociación de Personas Sordas de Tarija, hacían hincapié en las limitantes que tienen a la hora de desplazarse de manera independiente por la ciudad, pues al tener sordera profunda no desarrollaron el habla, y no pueden comunicarse.
Cosas cotidianas como hacer algún trámite municipal, ir al banco o alguna tienda, es una tarea difícil para el sector, pues las instituciones no cuentan con personal capacitado en lenguaje de señas para brindarles atención.
La ley fue sancionada semanas después de las declaraciones del representante antes los medios de prensa, sin tomar en cuenta su reclamo, pues para incluir a estas personas a la sociedad, no solo se necesita sensibilizar a la población, o declarar un día en su nombre. Se necesitan más personas capacitadas en lengua de señas, especialmente en el personal que brinda atención al público en las diferentes reparticiones.
Para la asesora de la Comisión de Derechos Humanos de la Asamblea Legislativa Departamental, María René Soruco Campero, haciendo un análisis de la calidad de las leyes, en diferentes casos se fueron por temas poco trascendentales. “Falta mucho”, aseguró la abogada al respecto.
Soruco asegura que hay muchas leyes importantes por redactar, entre ellas, las leyes presupuestarias. “Sin embargo hay muchísimas (leyes) declarativas de santos, iglesias y hasta bonos a equipos de fútbol”, resaltó.
Y es que sí, las normas departamentales inclusive prevén apoyar con no menos de Bs 20.000 al campeonato de fútbol Copa Integración Campesina-Fase Final, mientras que leyes de gran relevancia como la de prevención de violencia o de recuperación y preservación de la cordillera de Sama, no tienen un presupuesto específico asignado para su implementación, quedando a voluntad del Órgano Ejecutivo.