La defensa es una reacción, nunca se presenta sin un acto previo de agresión, es una respuesta natural de los seres humanos y se ve a nivel personal, institucional y orgánico.
En estos días, nuevamente se presenta la conducta reiterada de agredir al Órgano Judicial en su independencia, conducta que no es reciente y que se ha vuelto sistemática desde hace por lo menos dos décadas en Bolivia. La detención de un Juez en la ciudad de La Paz antes de instalar un acto jurisdiccional, nos pone otra vez a reflexionar sobre el rol de los Jueces, sobre la armonía de los Órganos de poder del Estado; órganos que según la doctrina del Derecho y la organización del Estado misma, deben respetarse y no influir unos en otros como garantía fundamental del Estado de Derecho.
El escenario actual, hace recordar que la labor de los Jueces es constantemente perturbada. No es la primera vez que un Juez es detenido en el ejercicio de la función judicial: pasó hace años en Sucre, pasó en Tarija, recientemente en Beni y en los últimos días en la ciudad de La Paz.
Se debe tomar conciencia, de que no puede ser el Órgano Ejecutivo el que desprestigie y persiga la labor jurisdiccional, por el contrario, es deber del Estado y los gobernantes otorgar la garantías para que los jueces puedan cumplir su deber constitucional. El común denominador de los últimos periodos, fue el de defenestrar el sistema judicial cuando se tiene cerca una elección política. En ese momento, todos critican a los jurisdiccionales, que por su función no pueden asumir defensa directa por medios de comunicación y con protestas, pues al tratarse de Jueces sometidos a la Ley, inclusive su pronunciamiento podría decantar en su separación en determinados casos de juzgamiento.
En el afán electoralista, surgió una Cumbre Judicial en la que participaron diversos actores con premisas de humanizar el sistema de juzgamiento, de identificar falencias y de asumir conductas para optimizar y fortalecer la justicia boliviana. Sin embargo, esa participación masiva que bien concluyó en el establecimiento de una serie de necesidades, sigue siendo declarativa, pues desenfocando su esencia, se conformó una supra Comisión mediante la Ley N° 898, que en definitiva, constituyó en su aplicación en cuello de botella para la selección de Vocales, Jueces y Personal jurisdiccional en todo el país.
Asimismo, se constituyó en un mecanismo de injerencia en el sistema judicial que por declaración constitucional goza de independencia para el ejercicio no solo de la función de juzgar, sino de independencia administrativa, de recursos humanos y recursos financieros. Se llego al punto, inclusive, de que procesos de selección para vacancias de Vocales y Jueces, fuesen dejadas sin efecto en numerosas oportunidades, porque la citada Comisión así lo decidía, sin respetar que la competencia para seleccionar y dedignar autoridades judiciales es propia de la estructura del Órgano Judicial. Esto, lógicamente tuvo como efecto el perjuicio en la resolución de procesos que en muchos casos, hasta por años quedaron sin juzgador, porque nunca se produjo una oportuna designación.
Entonces, resultó que la Ley de coordinación que nació de la Cumbre Judicial, lejos de ser remedio, empeoró los síntomas y hoy tenemos una justicia todavía disminuida y acostumbrada a pedir permiso para ejercer sus actividades, porque si no lo hace, inmediatamente los actores políticos, de gobierno o no, utilizan los medios de prensa para una carnicería que los jueces no están en condiciones de soportar. Falta cuerpo, falta estructura para contrarrestar la agresión que tiene como matriz, el mismo incumplimiento del agresor en otorgar las condiciones de recurso humano y financiero para una adecuada justicia, pues no se puede sostener un sistema jurisdiccional como el que tenemos, sin personal, con acefalias contantes, con infraestructura precaria y con un número de operadores de justicia que no guarda coherencia con la demanda del sistema.
Un mecanismo de defensa inmediato, es liberar al Órgano Judicial de la mordaza que representa la Ley N° 898 de 26 de enero de 2017, así ya no habría pretexto para culpar a esa Comisión de lo que no se hace en el sistema judicial. De esa manera, se otorgaría viabilidad a la resolución de los aspectos más urgentes de la justicia, quien por medio de sus representantes, debe cumplir sus obligaciones sin demora y otorgarle a los jueces condiciones dignas para trabajar.
No afirmo que sacar la Ley 898 del sistema jurídico sea la solución a todos los problemas, pero en este momento, resulta necesario trabajar en recuperar la institucionalidad y la independencia, para que en función de ello, se encaren reformas coherentes que reconozcan la carrera judicial garantizando la estabilidad de los Jueces que actualmente ejercen funciones y que fueron formados por el Instituto de la Judicatura, a quienes se les desconoce ese merito.
La Ley 898, de seguimiento a las Conclusiones de la Cumbre de Justicia, rompe con el principio constitucional de independencia consagrado en el texto de la norma suprema en su art. 178, cuya importancia es vital para el Estado de Derecho. Esta norma, en 2017, fue objeto de una acción de inconstitucionalidad abstracta, que lamentablemente fue rechazada por la Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional mediante Auto Constitucional 0081/2017-CA por aspectos formales, sin que el Tribunal haya ingresado en las consideraciones de fondo planteadas en la acción de control constitucional abstracta. Sin embargo, es lógico comprender que una norma que otorga atribuciones propias del Órgano Judicial a una Comisión formada mediante Ley, al contradecir las competencias naturales otorgadas al sistema de justicia, es inconstitucional, pues no se puede a título de coordinación, desnaturalizar los mandatos de la Constitución Política del Estado por más matices se hubieran utilizado en la Ley.
A lo largo de estos días, surgieron diversas opiniones que plantean cambios normativos profundos, pero en el ámbito judicial, esperar las reformas macro, permitirán que el sistema de justicia siga siendo menoscabado. Por ello, una muestra clara de la voluntad del Estado de reconocerles independencia a los jueces, es permitirle, sin injerencia, el ejercicio pleno de sus facultades, erradicando toda forma de que la Política y el Gobierno de turno, sea el que trace las directrices de la administración de justicia.
Los bolivianos, si realmente queremos orden social, debemos materializar la independencia de los Órganos del Estado y es el Ejecutivo el primer llamado a respetar la institucionalidad constitucionalmente establecida, erradicando toda conducta directa o indirecta en la que se instruya a los Jueces cierto comportamiento con relación al juzgamiento, no solo de casos en concreto, sino también en general, pues es común que Ministros de Estado hagan públicos sus razonamientos sobre el cómo los jueces deben comportarse ante determinados casos y delitos. Inclusive, al calor de la verborragia y el discurso, dictan Sentencia no solo de los acusados, sino también de la conducta de los Jueces y Fiscales.
“La independencia debe ser el rasgo característico del Juez”.
Tan acertado el análisis que imprime en esta columna Dr. Flores, esperemos que las nociones con las que se maneja la SEGURIDAD JURÍDICA, sean plasmadas en su cabal esencia, tanto para la población como para los servidores públicos. Felicidades, un abrazo fraterno en este tiempo arduo.
La independencia es una cuestión estructural, no es posible hablar de independencia cuando se es esclavo, en este caso de un agente político claramente identificado; es necesario hablar de una verdadera independencia la cual debe nacer de las bases mismas de la composición de los agentes, los cuales actualmente responden a más de un amo, siendo este no sólo institucional sino también personas individuales.
La realidad del órgano judicial es la de una profunda crisis de independencia, la cual se enarbola como escudo en la actual coyuntura únicamente para defender la mamadera de la que succiona sin piedad a costa de la Seguridad jurídica.
Es más que evidente la deplorable imagen de un órgano que hace más de 10 años se ha bajado los pantalones y ha perdido toda legitimidad orgánica en este país, muy pocos podrían reconocerse incluso como autoridades legítimas ya que fueron favorecidos políticamente para estar en las ternas y ser electos de entre los malos los menos, o peor.
Desde el simple razonamiento inductivo, como se puede hablar de independencia cuando desde lo particular se es lacayo pretendiendo que el todo goce de la cualidad que se reclama.
Es necesaria una depuración institucional y una reestructura ion de un órgano que le debe a Bolivia más que ninguno la restitución del respeto a la democracia y al equilibrio de pesos y contrapesos en este supuesto Estado de Derecho.